Kataluniako estatu berriaz hitz bi

Kataluniak aurrera jarrai, etengabe.

Hona Kataluniako Errepublika ez-presidentzialistari buruz hitz pare bat:

http://www.publico.es/politica/futuro-catalan-deberia-republica-no.html

(Sorry, erdara batuan…)

¿Cómo se encuentra el borrador de la Constitución catalana y en qué principios jurídicos se debe basar?


Está prácticamente terminada, durante las fiestas navideñas haremos la última reunión del grupo jurídico para dar una última lectura y limar algunos flecos y nuestra intención es hacerla pública en enero de 2015, ya avisamos que estaríamos todo el 2014 para redactar el borrador porque no corre prisa, Catalunya todavía no es un Estado y estamos en la fase constituyente. Como nosotros no trabajamos para ninguna institución, ni para el Parlament, ni para la Generalitat, ni para la ANC, se ha dicho de todo pero no es verdad, trabajamos para nosotros mismos y para la sociedad, la colgaremos en una página web interactiva y todos los ciudadanos catalanes que estén interesados podrán entrar y hacer aportaciones que analizaremos y debatiremos. Y las que valgan la pena las incorporaremos.

¿En qué pilares jurídicos debe sustentarse la Constitución catalana?


Es un borrador que tiene 97 artículos, o sea, menos de la mitad de los que tiene la Constitución española, y nos hemos inspirado mucho en las constituciones nórdicas, básicamente Finlandia, Islandia, Noruega y Suiza, porque es un estado confederal y creemos que puede encajar en una hipótesis de futura relación de Catalunya con España. Son constituciones cortas y claras, nada de frases como las de la CE, que tienen una principal, 8 subordinadas y 14 gerundios con las que todo el mundo se pierde. Sintetizaré sus principios rectores en cuatro puntos: el futuro estado de Catalunya debería ser una república y no un sistema de monarquía compartida como puede ser Canadá, Australia o Nueva Zelanda, que la tienen compartida con el Reino Unido, y que sea no presidencialista, es decir, que habría un presidente y un primer ministro ejecutivo, personas separadas y aconsejamos que como mínimo uno de esos cargos sea una mujer porque es hora que se rompan esas dinámicas tan mediterráneas. La segunda idea es incorporar en el capítulo de derechos fundamentales todos los derechos sociales, la CE tiene un capítulo 1 con los derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la libertad, a la participación política… y un capítulo 3 de derechos sociales en el que hay el derecho a la vivienda, a la educación, que es como si dijeran ‘cuando se pueda ya respetaremos los derechos de estos ciudadanos’, nosotros queremos incorporarlos en el capítulo de los derechos fundamentales, que se puedan exigir ante los tribunales de justicia si el Estado los incumple. Eso significa, por ejemplo, que si ahora un ciudadano va al ayuntamiento y le dice que no tiene vivienda y que el artículo 49 CE establece que todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna y viene a buscarla, el ayuntamiento dirá que ahora no dispone de vivienda o no sé qué…si esto está incorporado en los derechos fundamentales, este ciudadano, siempre que cumpla con los requisitos que la ley de derecho de acceso a la vivienda social marca, que esté en el paro, que sólo perciba una pensión de renda mínima, que haya una situación verdadera de exclusión social, porque no se trata de regalar vivienda a nadie, si la administración no se la da, podrá ir al tribunal a reclamarla, ahora no puede, porque el juez le responderá que tiene un derecho genérico pero que no tiene competencia para verificar si le están denegando correcta o incorrectamente la vivienda.

¿Y el tercer pilar es?


La modificación legislativa de las leyes electorales: proponemos listas abiertas, que el ciudadano pueda votar el número 4 de un partido, el 12 de otro y el 23 de otro, que los cargos electorales, municipal o estatalmente, tengan como máximo dos legislaturas de cinco años cada uno, un máximo de 10, y que se instaure la figura suiza de los referéndums revocatorios, sobre todo a nivel municipal: que el diputado o concejal que incumpla sistemáticamente los compromisos de la campaña electoral adquiridos con los ciudadanos pueda ser destituido, ahora hay que esperar a que no sea reelegido en los próximos comicios. Los ciudadanos tienen derecho a destituir a alguien si les ha engañado. Como cuarto puntual podría apuntar el tema del idioma, que es conflictivo: nosotros aconsejamos que el catalán sea la única lengua oficial de Catalunya y que el castellano tenga un régimen de cooficialidad preferente, en el sentido de que todos los ciudadanos que quieran usarlo, oral o por escrito, lo puedan hacer. La administración, como en el caso de la educación, por criterio, si el ciudadano no expresa otra voluntad personal, siempre actuará en todos los ámbitos en catalán pero si un ciudadano quiere usar el castellano, por los motivos que sean, se le respetará ese derecho y podrá usarlo.”

EHn zertan gaude?

Denbora pasan, ideia berririk ez dagoelako?


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